38. La clasificación como Contratistas del Estado para empresas de servicios

Transcripción :

En el programa 37 hablamos de la clasificación como contratistas del estado.

De la clasificación en general, y de la clasificación para obras en particular.

La clasificación de las empresas como contratistas de la administración es un conjunto de normas que clasifica a las empresas y que sirve para que estas puedan acreditar su solvencia económica, y su solvencia técnica, por medio de su clasificación.

Las preguntas de este particular “examen” que es la clasificación como contratistas, se conocen de antemano, las “preguntas” están en los artículos 25 a 54 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Los contratistas, nos sometemos voluntariamente a la clasificación.

Es únicamente obligatoria en los contratos de obras, de un valor estimado igual o superior a 500.000 €. En el resto de casos, no es obligatoria.

La clasificación como contratistas sirve para que las empresas puedan acreditar su solvencia económica, y su solvencia técnica, por medio de la clasificación.

Las empresas pueden, voluntariamente, clasificarse para contratar obras o servicios, y de ese modo acreditar, sin más explicaciones, sin ningún documento, simplemente con la nota obtenida en el examen, la solvencia económica y la solvencia técnica.

Una empresa puede clasificarse en el ámbito de las obras y de los servicios. No para vender suministros. 

La clasificación como contratistas sólamente puede serlo para contratos de obras y contratos de servicios. No para contratos de suministros.

Bien, decíamos que las empresas pueden clasificarse como contratistas del estado, voluntariamente, para contratar obras o servicios, y que a través de la clasificación las empresas pueden acreditar su solvencia económica y su solvencia técnica.

Y es que la clasificación como contratistas, aún siendo únicamente obligatoria para acceder a contratos de obras de valor estimado superior a 500.000 €, sirve para este propósito de acreditar las solvencias en contratos de obras de menor importe, y también en contratos de servicios.

Al leer el pliego de Cláusulas Administrativas de la licitación de un contrato de servicios, o de obras, puede que encontremos la  referencia o indicación de la clasificación como contratistas del estado que permite acreditar la solvencia económica y técnica en esa licitación.

Esto es así porque los órganos de contratación deben indicar:

  • Los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y de solvencia técnica que los licitadores deben reunir para poder resultar adjudicatarios del contrato.
  • Y la clasificación que se corresponda con el objeto y el valor estimado del contrato al que haga referencia este pliego.

Hablemos ahora de la clasificación en los contratos de servicios.

 La clasificación de contratistas de servicios 

Existen muchas similitudes entre la clasificación de contratistas de obras y la de servicios.

Voy a analizar la clasificación como contratista de servicios intentado no compararla con la de obras. 

El contratista de servicios obtiene su clasificación para realizar determinados trabajos.

Estos trabajos o especialidades en los que un contratista de servicios se puede clasificar, están organizados en distintos grupos y subgrupos.

La clasificación como contratista de servicios, se obtiene, específicamente, para subgrupos en concreto. 

Los grupos solo sirven para agrupar subgrupos de actividades afines o parecidas. Son los subgrupos los que nos hablan de trabajos concretos, de especialidades.

En el ámbito de los servicios hay 9 grupos, y un total de 34 subgrupos.

Hay 34 trabajos o servicios posibles por los que una empresa de servicios se puede clasificar.

Resulta conveniente enumerarlos para saber qué es “clasificable”:

  • Grupo L, con 4 subgrupos.
  • Subgrupo 1: Servicios auxiliares para trabajos administrativos de archivo y similares.
  • Subgrupo 3: Encuestas, toma de datos y servicios análogos.
  • Subgrupo 5: Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones.
  • Subgrupo 6: Servicios de portería, control de accesos e información al público.

Las actividades que se agrupan, a veces, no tienen mucho que ver entre sí: 

Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones, versus, Servicios auxiliares para trabajos administrativos de archivo y similares.

  • Grupo M, un grupo con actividades variopintas:
  • Subgrupo 1. Higienización, desinfección, desinsectación y desratización.
  • Subgrupo 2. Servicios de seguridad, custodia y protección.
  • Subgrupo 4. Artes gráficas.
  • Subgrupo 5. Servicios de bibliotecas, archivos y museos.
  • Subgrupo 6. Hostelería y servicios de comida.
  • Grupo O, dedicado a las infraestructuras, que incluye:
  • Subgrupo 1. Conservación y mantenimiento de edificios.
  • Subgrupo 2. Conservación y mantenimiento de carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas y vías férreas.
  • Subgrupo 3. Conservación, mantenimiento y explotación de redes de agua y alcantarillado.
  • Subgrupo 4. Conservación, mantenimiento y explotación de estaciones depuradoras.
  • Subgrupo 6. Conservación y mantenimiento de montes y jardines.

En este subgrupo sí que se han agrupado actividades afines.

  • Grupo P
  • Subgrupo 1. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas.
  • Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de fontanería, conducciones de agua y gas.
  • Subgrupo 3. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
  • Subgrupo 5. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de seguridad y contra incendios.
  • Subgrupo 7. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de aparatos elevadores y de traslación horizontal.

De nuevo, un grupo con actividades afines o relacionadas.

  • Grupo Q. Un grupo con tan solo dos subgrupos:
  • Subgrupo 1. Mantenimiento y reparación de maquinaria.
  • Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de vehículos.
  • Grupo R, grupo dedicado a las actividades que tienen que ver con el transporte:
  • Subgrupo 1. Transporte de viajeros por carretera.
  • Subgrupo 2. Traslado de enfermos por cualquier medio de transporte.
  • Subgrupo 5. Recogida y transporte de residuos.
  • Subgrupo 6. Servicios aéreos.
  • Subgrupo 9. Servicios de mensajería, correspondencia y distribución.
  • Grupo T. Que tiene dos subgrupos:
  • El Subgrupo 1. Servicios de publicidad.
  • Y el denominado Subgrupo 5: Servicios de traductores e intérpretes.
  • Grupo U:
  • Subgrupo 1. Servicios de limpieza.
  • Subgrupo 4. Agencias de viajes.
  • Y Subgrupo 8. Servicios de información y asistencia telefónicas.
  • Grupo V, que incluye:
  • Subgrupo 3. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones informáticos y de telecomunicaciones.
  • Subgrupo 4. Servicios de telecomunicaciones.
  • Subgrupo 5. Explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas.

Lo que hace un total de 34 subgrupos o actividades clasificables.

Lo que no esté previsto que sea clasificable, no se puede clasificar.

Actividades como, por ejemplo:

  • Un servicio de mudanza,
  • Servicios relacionados con el control de la calidad 
  • O servicios de prevención de riesgos laborales,
  • O servicios relacionados con hacer proyectos, dictámenes, o asistencias técnicas.
  • O impartir formación…

No está previsto que se puedan clasificar.

Una empresa solo se puede clasificar para los trabajos, servicios, o actividades que hay previstos en el artículo 37 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Para cada subgrupo en el que la empresa se clasifique, se le otorga una categoría. 

Volvamos al ejemplo del examen de selectividad. 

En el examen de selectividad encontrabas una parte general, y una parte específica.

Esa parte específica del examen puede ser asimilable a los subgrupos, a las especialidades en las que nos queremos clasificar.

Las categorías, son la nota que obtienes en el examen.

La categoría, es la que te permite ir a una universidad o a otra a cursar tus estudios.

Bueno, pues en la clasificación como contratistas de servicios existen 5 categorías:

  • La categoría 1, que te clasifica para hacer trabajos de un subgrupo determinado si su importe es menor o igual a 150.000 euros.
  • La 2, que te clasifica para hacer trabajos de un subgrupo determinado si su importe es inferior o igual a 300.000 euros.
  • La 3, para trabajos de hasta 600.000 euros.
  • La categoría 4, trabajos de hasta 1.200.000 euros. 
  • Y por último la categoría 5, para trabajos de más de 1.200.000€ 

Conocemos los subgrupos, y conocemos la categoría.

Hablemos ahora de las preguntas del “examen”.

Para lograr la clasificación en un subgrupo, lo que te van a pedir es que:

  • Dispongas del personal necesario, 
  • Dispongas de la maquinaria o equipos que se precisen, si es que son necesarios. 
  • Y que dispongas de medios organizativos y técnicos para prestar el servicio.

Es decir, que tienes una cierta infraestructura que te permite asumir obligaciones y ejecutar contratos normalmente. 

A partir de lo anterior , te van a pedir:

  • Por tu experiencia en realizar trabajos de esa especialidad en los últimos cinco años. 
  • Y también por el personal técnico experimentado, personas con experiencia, y por los medios materiales que sean precisos para prestar el servicio, esto es, por  la maquinaria y equipo. 
  • También te van a pedir que tengas suficientes medios financieros, aunque eso no será mayor problema.

Y con esto podrás acreditar, podrás probar que tienes capacidad para obtener la clasificación en un determinado subgrupo.

Todo es normal: experiencia y medios.

Ahora viene lo de obtener la categoría para un determinado subgrupo.

Para asignar la categoría, para cada subgrupo en concreto, se tienen en cuenta distintos aspectos que tienen que ver con las capacidades y la experiencia de la empresa:

  • La experiencia en haber hecho trabajos relacionados con ese subgrupo o especialidad en cuestión dentro de los 5 años anteriores al que se esté solicitando la clasificación.
  • Ayudará a mejorar la categoría la cantidad y calidad del personal técnico de la empresa.
  • Los medios materiales, las máquinas o herramientas que sean necesarias para prestar el servicio.
  • Y la experiencia o antigüedad de la empresa. Tiene sentido a mayores y mejores medios personales y materiales, a mayor experiencia en concreto, a mayor experiencia en general, mayor capacidad tendrá la empresa para acometer trabajos de mayor importancia, o importe.
  • Y su capacidad financiera. Medida en base al Patrimonio Neto de la empresa.

Una empresa de servicios puede clasificarse en más de un subgrupo, por supuesto. 

Aunque tendrá que acreditar disponer de experiencia y medios en prestar servicios como los del subgrupo para el que se quiere clasificar, una misma empresa, pueda estar clasificada, simultáneamente, en:

El grupo L, Subgrupo 5, Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones, con categoría 1.

Y en el grupo T, Subgrupo 1, Servicios de Publicidad, con categoría 2.

Del mismo modo que una empresa puede estar clasificada como contratista de obras y contratista de servicios, sería el caso de::

Como contratista de obras en el Grupo I, Instalaciones eléctricas, Subgrupo 9, Instalaciones eléctricas sin cualificación específica, con categoría 2.

Y como contratista de servicios en el grupo P, Subgrupo 1, Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas, con categoría 1.

En este caso, la clasificación como contratista de obras le permitiría acreditar su solvencia económica y solvencia técnica para realizar nuevas instalaciones eléctricas, o llevar a cabo modificaciones o reparaciones de instalaciones existentes. 

Y la clasificación como contratista de servicios, le permitiría acreditar su solvencia económica y solvencia técnica para llevar a cabo los servicios de mantenimiento que esas instalaciones puedan requerir.

En definitiva, la clasificación como contratistas de obras y como contratistas de servicios funcionan de forma parecida, tienen muchas similitudes.

He recibido algunas consultas, dudas, sobre esta cuestión de la clasificación, como por ejemplo:

  • ¿Dónde se tramita?
  • ¿Qué hay que hacer para obtenerla?
  • ¿Puedo clasificarme si no tengo experiencia?

Y es que, esto de la clasificación como contratista, da para mucho.

Así que, si te parece bien, y si tienes alguna duda o quieres alguna aclaración sobre este asunto de la clasificación como contratista del estado, escríbeme a través de escuelacp.com/contactar

La semana que viene haremos un resumen sobre todo este adunto de la clasificación, responderé a las dudas que me han llegado y a las que reciba en los próximos días.

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