49. Acuerdos marco

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Resumen-2 minutos de lectura. 

En resumen, los acuerdos marco son una de las “herramientas” que la Ley de Contratos del Sector Público pone a disposición de los órganos de contratación para hacer más efectiva la Contratación Pública.

El uso del acuerdo marco está enmarcado dentro de lo que se conoce como Racionalización técnica de la contratación. 

Los acuerdo marco tienen las mismas reglas que una licitación estándar. 

En cuanto al acceso a la información, la posibilidad de participar de la licitación, y el procedimiento de adjudicación, un acuerdo marco es igual que cualquier otra licitación.

En un acuerdo marco puede haber uno, o más de un órgano de contratación a través de una Central de contratación.

En un acuerdo marco puede haber una única empresa adjudicataria, o mejor dicho, admitida al acuerdo marco. 

O puede más de una empresa admitida. 

Cuando solo hay una empresa admitida los contratos basados en el acuerdo marco se adjudican a esa única empresa según el órgano de contratación vaya necesitando los suministros, servicios u obras que estén comprendidos en el acuerdo.

Cuando hay más de una empresa admitida, los contratos que se basan en el acuerdo marco son licitados solo entre las empresas admitidas, que normalmente tienen la oportunidad de mejorar sus ofertas iniciales u ofertas de acceso al acuerdo marco.

Los acuerdo marco duran un máximo de cuatro años. 

Y lo bueno que tienen es que, además de aligerar considerablemente los trámites administrativos para el órgano de contratación y para nosotros, los contratistas, garantizan o dan acceso a una cierta recurrencia en cuanto a carga de trabajo y facturación.

No diremos que cada acuerdo marco es un mundo, porque no es para tanto, y porque como ya sabemos, la ley y la vinculación positiva -escucha el programa 45- limitan mucho “la creatividad” de políticos y funcionarios. 

Aunque sí que es cierto que, cada un acuerdo marco es más complejo que una licitación estándar, que cada acuerdo marco tiene sus particularidades, y que por eso conviene analizarlos con detenimiento para entender bien la forma en la que se adjudican y sus particulares reglas internas.

Hasta aquí el resumen.

Supongamos que tienes una carpintería.

En tu carpintería es habitual estar comprando cada semana distintos materiales que empleas para fabricar los muebles que encargan tus Clientes. 

Compras habituales en definitiva. Compras que tienen que ver con tu actividad y que además, más o menos, puedes predecir: Sabes cuanto gastas de cada cosa al cabo del año.

Para atender estas necesidades, tienes distintas opciones:

  • Puedes hacer una previsión semanal, o mensual, de las compras que necesites hacer, y pedir presupuestos y plazos de entrega a distintos proveedores.
  •  Puedes buscar las mejores condiciones a cada momento. Aprovechar las oportunidades.

La única pega de hacerlo así es el tiempo y los recursos que esto consume:

  • Hacer una previsión de lo que necesitarás.
  • Solicitar los presupuestos.
  • Recibir los presupuestos y analizarlos.
  • Y finalmente adjudicar la compra a un proveedor.
  • O también, podrías analizar tus compras del año anterior.
    Cuantificar cuánto has gastado en comprar herrajes, tornillos, barnices y colas, herramientas y accesorios.

Y al hacer este ejercicio, observarás que -al cabo del año- tienes un volumen de compras interesante para cualquier proveedor.

Y a partir de ahí, con ese listado de materiales habituales puedes dirigirte a distintos proveedores para pactar:

  • Descuentos por producto o por familia de productos.
  • Procedimiento para hacer los pedidos.
  • Plazos de entrega.
  • y Condiciones de facturación y pago.

Recibirás ofertas de tus proveedores y podrás escoger el proveedor que más te convenga. Incluso quizá te convenga contar con dos proveedores para ir alternando y asegurarte los suministros cuando los necesites.

Todos ganáis:

  • El proveedor, o los proveedores escogidos, saben que tienen un Cliente recurrente. Ofrecerán un buen precio para retenerte.
  • Tú te libras de gestionar las compras semanal o mensualmente, y obtienes un buen descuento por volumen.
  • Y sobre todo, el encargado del taller podrá pedir los materiales y comprar las herramientas que necesite, directamente, sin que tú tengas que negociar precios o plazos de entrega.

Si haces esto, habrás hecho un Acuerdo marco.

Vamos a abordar el acuerdo marco desde la perspectiva de la Contratación Pública.

El acuerdo marco y la racionalización técnica de la contratación

Las administraciones públicas también hacen acuerdos marco.

Al igual que en el ejemplo de la carpintería. Tiene sentido. 

De hecho tiene todavía más sentido ya que, aunque la carpintería tenga un volumen de compras más o menos regular, no será tan fácilmente predecible y estable como lo es en una administración pública.

Por eso resulta habitual que el acuerdo marco se utilice para compras recurrentes o habituales de determinados bienes, servicios, e incluso obras.

Porque, un acuerdo marco también puede utilizarse para contratar la ejecución de obras. 

Aunque, como te puedes imaginar, contratar obras a través de acuerdos marco, no es habitual.

Lo habitual es contratar, sobre todo: suministros. 

Y también servicios.

El uso del acuerdo marco está enmarcado dentro de lo que se conoce como Racionalización Técnica de la Contratación

La Ley de Contratos del Sector Público ha previsto dotar al sector público de distintas “herramientas” que le permitan hacer una gestión más eficiente de la contratación.

Y para eso ha creado tres figuras:

  • El Acuerdo Marco.
  • Los Sistemas Dinámicos de Adquisición.
  • y las Centrales de contratación.

De estas tres formas que la ley propone, o mejor dicho, que pone a disposición de los órganos de contratación, el que ha triunfado ha sido el acuerdo marco.

Y ha triunfado por ser el menos complejo de los tres. Aunque tengo la impresión de que no se usa más por ser un desconocido, y también por suponer un mayor esfuerzo al principio.

Aunque la ley también contempla los sistemas dinámicos de adquisición, y sobre ellos te diré que eso sí es ciertamente más complejo que un acuerdo marco, aunque una vez puesto en marcha también facilita mucho las cosas al órgano de contratación. 

El caso es que su uso es anecdótico. Muy muy escaso.

Y en cuanto a las centrales de contratación, como su nombre apunta, son precisamente eso, servicios, centrales de compras, que pueden constituir, por ejemplo distintos ayuntamientos, una diputación provincial, o una comunidad autónoma para aglutinar y gestionar las compras de varios entes o administraciones públicas.

Las centrales de contratación existen.

Hay varias funcionando.

Aunque no son muy frecuentes. 

Y lo cierto es que son un instrumento muy interesante para apoyar e incluso resolver las necesidades de contratación en los municipios de menos de 5.000 habitantes. 

Precisamente, una de las competencias atribuidas por ley a las diputaciones provinciales es prestar asistencia y cooperación jurídica, económica, y técnica a los Municipios, especialmente a los más pequeños, a los que tienen una menor capacidad económica y de gestión. 

Si las centrales de contratación se usaran, combinándolas con los contratos menores, se evitaría el abuso del contrato menor, aunque  quizá sea precisamente por eso por lo que no se acude a esta figura.

Reglas del acuerdo marco

Los acuerdo marco tienen las mismas reglas que una licitación estándar. De hecho, en la Ley de Contratos del Sector Público se dice precisamente eso, que se seguirán las normas del procedimiento estándar.

Lo que implica que:

  • Un acuerdo marco tiene publicidad, por supuesto, se publica en la Plataforma de Contratación del Sector Público, como una licitación más.
  • En un acuerdo marco se pueden y se deben, hacer lotes. Te hable sobre lotes en los contratos públicos en el episodio 43 de este podcast.
  • Un acuerdo marco tiene la documentación habitual que encontrarás en una licitación estándar, es decir: un Pliego de Cláusulas Administrativas y un Pliego de Prescripciones Técnicas.
  • Los requisitos de solvencia y los criterios de adjudicación no serán distintos de los habituales.
  • La forma de presentar la oferta será la misma que en cualquier otro caso.
  • Y cuando se licita un acuerdo marco los principios de igualdad, transparencia, y libre competencia son observados y deben ser respetados.

En definitiva, en cuanto al acceso a la información, la posibilidad de participar de la licitación, y el procedimiento de adjudicación, un acuerdo marco es igual que cualquier otra licitación.

Por lo que en cuanto a esto, todo igual, todo normal.

Las partes en un acuerdo marco

Hablemos ahora de los protagonistas, de las partes del acuerdo marco.

Por parte de la administración pública: 

Cualquier órgano de contratación puede hacer un acuerdo marco. No existe más limitación que lo oportuno o conveniente que sea el acuerdo marco para resolver las necesidades del órgano de contratación que lo promueve.

De hecho, no solo una administración pública, sino también una central de contratación, puede utilizar el acuerdo marco para resolver sus procesos de contratación.

Por parte de los contratistas, ningún problema. 

El acceso al acuerdo marco, o mejor dicho, la posibilidad de que puedas participar de la licitación de un acuerdo marco son las mismas que para cualquier otra licitación.

Basta con que estés en condiciones de acreditar los requisitos de aptitud que se establezcan, concretamente los requisitos de solvencia económica y de solvencia técnica, y a funcionar.

Las diferencias están en el número de protagonistas -o mejor dicho, partes- que puede tener un acuerdo marco. 

En el número de intervinientes.

Por parte de la administración: ya sabemos que el acuerdo marco puede ser promovido por un órgano de contratación, o por una central de contratación, que no es más que varios entes públicos organizados para hacer contrataciones.

Por parte de los contratistas: En un acuerdo marco puede haber una, o más de una empresa admitida.

Volvamos al ejemplo del principio, al ejemplo de la carpintería. 

Tenías la libertad de llegar a acuerdos con uno o con varios proveedores, sobre el precio o descuento, los plazos de entrega, la vigencia de esos precios.

Estas pactando unas condiciones. 

Todavía no has comprado nada. 

Y atención porque en este momento, aunque tu intención sea hacer compras a lo largo del año, que hagas un acuerdo marco no te compromete ni te obliga a comprar. 

Has pactado las condiciones en las que se harán las compras. 

Después, esas compras de tornillos, bisagras, o cola se harán en base a las condiciones pactadas en el acuerdo marco. 

Y por eso, puedes pactar con más de un proveedor las condiciones. Y después, ir haciendo encargos a uno u otro proveedor.

Los contratos basados en un acuerdo marco

A partir de un acuerdo marco el órgano de contratación puede ir celebrando contratos basados en ese acuerdo marco.

Como contratista, has acreditado tu capacidad de obrar, tu solvencia económica, tu solvencia técnica, y has resultado adjudicatario.

A partir de ese momento todo es más fácil para todos. 

Es como en el caso de la carpintería: el jefe de taller solo tiene que llamar al proveedor y pedir materiales, todos los detalles administrativos, de precios y de pactos están resueltos. 

Si has decidido que solo se puedan hacer pedidos a un proveedor todo será más fácil. 

Pactamos unas condiciones y a partir de ahí a trabajar.

Es como una matrioska, pero de contratos, dentro del acuerdo marco se celebran contratos basados en el acuerdo marco.

Pero,¿Qué pasa cuando hay más de una empresa admitida en el acuerdo marco? 

Y es que el órgano de contratación tiene libertad para prever que dentro del acuerdo marco puedan entrar más empresas. 

Es como si el gestor de nuestra particular carpintería pactase con más de un proveedor.

La cuestión ahora sería, ¿cómo se adjudican los contratos basados en el acuerdo marco cuando hay más de una empresa admitida?

En este caso, lo normal será que, el órgano de contratación, vuelva a convocar otra licitación dentro del acuerdo marco. 

Te lo explico con la carpintería:

Pongamos por caso que solicitaste precio y condiciones a cuatro proveedores para el suministro de materiales a tu carpintería, durante un año.

De esos cuatro proveedores a los que pediste precio decidiste que solo te quedarías con los dos que mejores condiciones te dieran:

  • El proveedor 1: te ofreció como condición de partida un descuento general del 20%, y un plazo de entrega de 72 horas.
  • El proveedor 2: te ofreció un descuento general del 15%, y un plazo de entrega de 48 horas.

Transcurrido un mes ha llegado el momento de hacer una compra de tornillería importante. 

Y vuelves a pedir precio a tus proveedores “homologados”, los dos proveedores admitidos en tu particular acuerdo marco.

Aunque esta nueva petición de precio es ya para hacer un pedido en firme, es para comprar. 

Además, el punto de partida, el descuento y plazo de entrega mínimos que los proveedores te tienen que ofrecer es el inicialmente pactado.

Esta nueva licitación te da a ti, y a los proveedores, la posibilidad de mejorar las condiciones en las que se hará este pedido de tornillería.

Todo esto traducido a la Contratación Pública supone que el órgano de contratación puede:

  • Convocar un acuerdo marco, 
  • En la convocatoria, puede prever, que al acuerdo marco puedan acceder una, o varias empresas, 
  • y en función de ello, volver a adjudicar contratos dentro del acuerdo marco, 
  • Si solo hay una empresa: los contratos basados se adjudicarán directamente, en las condiciones pactadas inicialmente en el acuerdo marco.
  • Si hay más de una empresa admitida: los contratos basados se adjudicarán en base a las reglas que se establezcan para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco.
    Es decir, se hará una licitación en la que solo participarán las empresas que ya estén dentro del acuerdo marco. 

Ninguna otra empresa podrá acceder a los contratos. 

Lo normal será que las condiciones inicialmente ofrecidas por la empresa para “entrar” al acuerdo marco sean su punto de partida, sus condiciones mínimas, que tendrá oportunidad de mejorar en las sucesivas licitaciones de los contratos que están bajo el paraguas del acuerdo marco.

Puede resultar un poco lioso, pero si lo piensas despacio verás que es sencillo.

Toda esta cuestión de la adjudicación de los contratos basados en un acuerdo marco tiene más miga, y cada acuerdo marco tiene sus características particulares.

Aunque, básicamente, y para que te hagas a la idea, es esto que te acabo de contar.

Duración de los acuerdos marco 

Hablemos ahora de la duración de los acuerdos marco.

Los acuerdos marco tienen una duración limitada.

La Ley de Contratos del Sector Público establece, con carácter general, que los contratos no podrán durar más de cinco años.

Bien, pues en el caso de un acuerdo marco, la ley limita su duración a un plazo máximo de cuatro años. Nunca más de cuatro años.

Tiene sentido.

Si estás dentro del acuerdo querrás que dure muchos años.

O quizá no, si tu actividad tiene una fuerte dependencia del precio de algunas materias primas, o las cargas sociales, los salarios, son importantes, pues quizá con dos-tres años tengas más que suficiente.

En cualquier caso, si te quedas fuera. Cuatro años,son muchos años.

Muchos años en los que lo normal será que el órgano de contratación trámite todas las compras previstas en el acuerdo marco, dentro del acuerdo marco.

Así que, para lo bueno y para lo malo, los acuerdos marco duran un máximo de cuatro años.

Depende de la complejidad y de la entidad del contrato. 

Aunque, podríamos decir que lo normal está entre dos y tres años.

Lo bueno y lo malo del acuerdo marco

Primero lo bueno. 

Lo bueno cuando estás dentro de un acuerdo marco, ya sea solo o con otras empresas, es que tienes garantizada una cierta recurrencia. 

Algo que a todos los negocios conviene. 

Algo que todas las personas que gestionan un negocio quieren.

Recurrencia, seguridad.

Otra de las cosas buenas del acuerdo marco es que, una vez dentro, la carga administrativa es menor. Hay cuestiones que se quedan resueltas de una vez, como por ejemplo la acreditación de la solvencia económica y de la solvencia técnica.

Y ahora lo malo. 

Lo malo del acuerdo marco es que limita la competencia. Quien se queda dentro ¡se queda contento!

Quien no entra, se queda fuera por una buena temporada.

De hecho, esta es una cuestión que ya se advierte en la misma Ley de Contratos del Sector Público.

En la Ley de Contratos del Sector Público se establece, con carácter general, que la duración de los contratos deberá establecerse teniendo en cuenta la necesidad de someterlos periódicamente a concurrencia.

Y respecto de los acuerdo marco en particular, la ley dice que el uso de los acuerdos marco no debe obstaculizar, restringir, o falsear la competencia. 

Por eso limita la duración a un máximo de cuatro años, y también por eso obliga a que la duración del acuerdo se justifique en el expediente de contratación, y que tenga en cuenta las peculiaridades y características del sector de actividad que atenderá la necesidad.

En cualquier caso, esta cuestión es opinable y estará en función de como te vaya, y si has logrado estar dentro del acuerdo marco.

Ejemplos de acuerdo marco

Empezaremos con un acuerdo marco para contratar obras.

El Ayuntamiento de Madrid contrata las obras de reparaciones y mantenimiento de sus edificios a través de acuerdos marco.

Bueno, de hecho, el ayuntamiento de Madrid utiliza el acuerdo marco para comprar muchas cosas, desde libros para sus bibliotecas hasta obras de reparación.

El caso es que hace distintos acuerdos marco para los edificios de los distintos distritos de la ciudad.

¿Cómo lo hacen?

Básicamente, tienen un listado de todas las partidas de reparación y mantenimiento que son típicas y previsibles. 

El ayuntamiento no sabe exactamente qué tendrá que reparar, pero sabe que pintar una sala, reparar una ventana, o sustituir un lavabo es frecuente.

Por supuesto que el acuerdo marco incluye muchos detalles sobre la forma y el tiempo en el que deben ser realizadas esas reparaciones.

Tras definir el alcance del acuerdo, lo convoca, y  las empresas interesadas en el acuerdo marco presentan sus ofertas.

En este caso el ayuntamiento establece una duración para el acuerdo de dos años. 

Del proceso resulta una adjudicación. Una empresa será la adjudicataria del acuerdo marco.

A partir de ese momento, las gestiones para encargar reparaciones y su trámite administrativo son sumamente rápidas. 

Y lo más importante, las reparaciones se atienden con rapidez.

Otro ejemplo de acuerdo marco.

El que tiene por objeto el suministro de material de oficina a todo el sector público autonómico de la Rioja.

Este acuerdo es reciente, tiene una duración de 2 años, 24 meses.

Y en él se ha previsto que solamente haya un adjudicatario. Como así ha sido.

Y un último ejemplo de acuerdo marco, en este caso de servicios. 

Se trata del servicio de transporte escolar en la Región de Murcia.

Un caso más complejo, donde hay distintos lotes que atienden a las distintas zonas geográficas, y donde se prevé que una vez las empresas sean admitidas en los distintos lotes del acuerdo marco se vuelvan a licitar los contratos para atender las distintas zonas, o lotes. 

Este acuerdo marco se está cocinando ahora mismo, todavía no ha salido a licitación.

A priori se va a hacer para cuatro años, y no sabemos si los contratos basados serán para cada año o para todo el periodo de duración previsto en el acuerdo marco.

Este va a ser uno de esos acuerdo marco complejos, que también van a resolver una necesidad compleja.

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