La declaración indicando el personal u organismos técnicos de los que dispongas para la ejecución de las obras
De entrada debes saber que el personal u organismos técnicos que se requieran en la licitación no tienen porque formar parte de tu empresa (personal en nómina, socios, UTE´s, etc). Pueden ser profesionales o empresas externas. Desde el punto de vista práctico lo recomendable es que te sirvas de quien ya conoces o colaboras habitualmente.
Puedes encontrar 2 situaciones:
1. En el pliego de cláusulas administrativas de la licitación se establecen los requisitos y los medios para acreditarlos. Por ejemplo: “…para la ejecución de los trabajos objeto del contrato dispondrá de un laboratorio de control de calidad homologado… deberá acreditarse mediante la aportación de un compromiso expreso de adscripción a la ejecución del contrato…”
En este caso resulta evidente que debemos recabar el compromiso de una empresa que cumpla con las características fijadas, sin más.
2. En el pliego no se establecen los requisitos ni los medios para acreditarlos.
En este caso puedes solicitar una aclaración al órgano contratante, pedir que concreten los requisitos. O también puedes ofrecer adscribir a la ejecución del contrato distintos medios que estén relacionados con el objeto del mismo o su ejecución, como por ejemplo:
Laboratorio de control de calidad.
Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
Titulado de grado medio o superior para la supervisión de la ejecución de la obra.
Empresa o profesional para la realizacion de controles y seguimientos arqueológicos.
Empresa o profesional para la realización de seguimiento medioambiental.
En cualquiera de los dos casos necesitas declarar que dispones de los medios, y llegado el caso, acreditarlo.
Modelo de declaración y forma de acreditarlo
En primer lugar debes contar con la colaboración del profesional o empresa que sea oportuno adscribir al contrato. En el momento de la licitación bastará con declarar responsablemente que dispones de los medios. Si resultas adjudicatario deberás acreditarlo.
Para entenderlo lo mejor es contar con un ejemplo, y también con modelos que te permitan solventar el requisito eficazmente. Descárgate los modelos:
Conversación con Pilar
Pilar: ¿Es frecuente encontrar este requisito de solvencia técnica?
Luis: Depende del objeto del contrato. Hay casos en los que es necesario o conveniente. Pero no es frecuente, normalmente con la experiencia basta.
Pilar: ¿Y no hay limitación para “tirar” de terceros?
Luis: No hay limitación. El personal técnico u organismos técnicos no tienen porqué estar integrados en tu empresa.
Pilar: Entonces lo importante es tener buenas relaciones, conocer gente.
Luis: Si trabajas normalmente seguro que ya conoces a mucha gente con la que podéis colaborar. Surge de forma natural.
Luis Gracia
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