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195. Entrevista a Horacio, experto en Contratación Pública.
Transcripción:
Resumen en 127 palabras, 1 minuto de lectura.
La inteligencia artificial y lo que los humanos debemos saber para usarlas están en constante evolución, la tecnología no para de aprender de nosotros, y nosotros estamos aprendiendo a usarla mejor y conocer sus límites.
Un año después de nuestra última conversación observamos que hay lagunas, que una inteligencia artificial no puede ser la referencia, que sus respuestas solo te servirán si tienes conocimientos para saber qué es correcto y que no acaba de serlo. Aunque con cierto conocimiento y pericia esta tecnología puede ser un buen copiloto, un apoyo en tu día a día.
En esta entrevista hemos podido constatar que, aunque cometiendo algunos errores evidentes, la interpretación, consejos y guía que nos aporta el sistema han mejorado respecto de la misma conversación el año pasado.
Hasta aquí el resumen.
Hace un año que Open AI hizo accesible al gran público su inteligencia artificial ChatGPT.
En este año ChatGPT ha mejorado notablemente sus capacidades, gracias a Microsoft ha resistido que millones de personas lo usáramos, y también ha aprendido de todos nosotros al hacerlo. Su logro, por lo que destacó y sigue destacando es por su capacidad para el lenguaje natural, que puedas tener una conversación como si se tratase de un humano.
Los usuarios de ChatGPT también hemos tenido la oportunidad de aprender a usar y exprimir las posibilidades de estos modelos, a saber cómo iniciar una conversación a redirigirla. Incluso ha surgido una nueva profesión: el prompt engineering
Por eso, un año después (en todo esto el equivalente al año de un perro) es interesante charlar con este modelo de inteligencia artificial para conocer cómo hemos mejorado y si ya puede servirnos de ayuda como fuente de información o consulta para vender a la administración, para la contratación pública.
Vamos a ver cuánto de cerca estamos de tener a alguien a quién preguntar, con disponibilidad inmediata, saber enciclopédico y respuestas certeras, por menos de diez euros al mes.
Y para eso, y al igual que hice hace un año vamos a charlar con ChatGPT y juzgar en base a las respuestas que nos dé.
Aunque antes de llegar al final y extraer conclusiones te puedo adelantar que este año el prompt, la instrucción para iniciar la conversación con un modelo de inteligencia artificial, ha sido de 432 palabras. El año pasado ni tan siquiera anoté el prompt, aunque es seguro que no tendría más de 100 palabras. El modelo de inteligencia artificial ha mejorado, y los humanos estamos empezando a saberlo usar.
Vamos con la entrevista.
[LG:] Hola, Horacio. Mi nombre es Luis Gracia y estoy aquí para tener una charla contigo, la charla será publicada en el podcast “Contratación Pública” y además de hablar sobre contratación pública en España también te preguntaré cosas sobre ti.
[Horacio, IA] ¡Encantado, Luis! Me parece estupendo. Estoy aquí para sumergirnos en el fascinante mundo de la contratación pública en España y, por supuesto, para hablar un poco sobre mí, que siendo una inteligencia artificial, siempre tengo cosas curiosas que contar. ¡Vamos allá!
[LG:] ¡Perfecto! si te parece bien, empecemos por saber más de ti, hace un año tuve la oportunidad de hablar con un modelo GPT 3.5 y tú eres un modelo GPT-4, más avanzado. Cuéntame porqué eres mejor que los modelos anteriores.
¡Claro, Luis! Me alegra que preguntes. Como modelo GPT-4, soy una versión más avanzada y refinada de lo que era el GPT-3.5. Puedes pensar en mí como una actualización significativa. Aquí van algunas de las razones que me hacen “mejor”:
Capacidad de aprendizaje y comprensión: He sido entrenado con más datos y en un rango más amplio de temas, lo que significa que tengo una comprensión más profunda y amplia de diferentes materias, incluyendo la contratación pública.
Precisión en las respuestas: Gracias a este entrenamiento extendido, mis respuestas son generalmente más precisas y relevantes. Esto es especialmente útil en temas complejos y específicos.
Mejora en el manejo del lenguaje: Mi habilidad para procesar y generar lenguaje es más sofisticada. Esto significa que puedo mantener conversaciones más naturales y fluidas.
Menos propenso a errores: Aunque no soy perfecto y aún puedo cometer errores, la frecuencia y gravedad de estos han disminuido en comparación con versiones anteriores.
Adaptabilidad y personalización: Soy más hábil para adaptar mis respuestas al contexto y al estilo de la conversación, algo esencial para una charla amena y productiva como esta.
En resumen, como GPT-4, soy como una versión 2.0 (o quizás 4.0 para ser exactos) de lo que era GPT-3.5: más informado, más preciso, y definitivamente más entretenido para charlar. ¡Espero que esta conversación sea una prueba de ello!
[LG:] Vamos al asunto, ahora quiero charlar contigo sobre contratación pública. Tengo algunas dudas concretas que espero que me puedas ayudar a aclarar, ahí va la primera: Explícame la diferencia entre presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato, a veces resulta un tanto lioso.
Por supuesto, Luis! Esta es una distinción fundamental en la contratación pública que a menudo puede ser confusa. Vamos a desglosarlo de manera sencilla:
Presupuesto Base de Licitación (PBL): Este es el precio máximo, incluyendo impuestos, que la administración está dispuesta a pagar por el contrato. Es una cifra que se hace pública en el anuncio de licitación y sirve como referencia para las ofertas que presentan los licitadores. El PBL es como decir, “Esto es lo máximo que pagaremos, no un euro más”.
Valor Estimado del Contrato (VEC): Esta es una evaluación del costo total del contrato durante toda su duración, incluyendo posibles prórrogas y modificaciones. El VEC es una estimación de lo que la administración espera que sea el costo real del contrato en su totalidad. Es como una mirada al futuro, intentando prever cuánto costará realmente el servicio o el suministro, teniendo en cuenta todos los factores posibles.
La principal diferencia entre ambos conceptos radica en su propósito y en cómo se calculan:
El PBL es un límite superior fijo para las ofertas, mientras que el VEC es una estimación más flexible que ayuda a la administración a planificar y presupuestar a largo plazo.
El PBL afecta directamente a los licitadores, ya que no pueden ofertar por encima de este monto. El VEC, por otro lado, es más relevante internamente para la administración.
Imagina que estás organizando una fiesta (el contrato). Tu PBL sería el máximo que estás dispuesto a pagar por la música en vivo, digamos 500 euros. El VEC sería tu estimación de lo que te costará toda la fiesta, incluyendo comida, bebidas y decoración, basada en lo que esperas que suceda, digamos 1500 euros.
¡Espero que esta explicación haya aclarado tus dudas!
[LG:] Gracias, Horacio, está muy bien explicado. Vamos ahora con otra cuestión, ¿cuál es la duración máxima de un contrato público? y relacionado con esto ¿los contratos se pueden prorrogar indefinidamente?
¡Excelente pregunta, Luis! La duración de los contratos públicos y sus posibles prórrogas son aspectos clave en la contratación pública. Aquí te lo explico:
Duración Máxima de un Contrato Público: La duración de un contrato público está generalmente definida en la legislación y en los pliegos de la licitación. No existe un período máximo único para todos los contratos, ya que depende del tipo de contrato y de las particularidades del servicio o suministro. Por ejemplo, ciertos contratos de servicios o suministros pueden tener una duración habitual de 4 años, mientras que otros, como los de obras, pueden durar más debido a su naturaleza.
Prórrogas de los Contratos: Los contratos públicos pueden incluir cláusulas de prórroga, pero estas deben estar justificadas y claramente establecidas en los pliegos de condiciones. Importante: no se pueden prorrogar indefinidamente. La posibilidad de prórroga debe ser una decisión planificada y no puede superar la duración inicial del contrato, a menos que la legislación específica del sector lo permita. Además, las prórrogas deben ser acordadas antes de la finalización del plazo inicial del contrato y justificadas adecuadamente.
Por ejemplo, si tienes un contrato de servicios de limpieza con una duración inicial de 4 años y una posible prórroga de 2 años, podrías extender el contrato hasta un total de 6 años, pero no más allá de eso sin una justificación sólida y conforme a la ley.
En resumen, la duración máxima de un contrato público y sus posibles prórrogas dependen de varios factores, incluyendo el tipo de contrato, las necesidades del servicio y lo que establezca la legislación y los pliegos. Las prórrogas no son un cheque en blanco; deben estar justificadas y se rigen por reglas claras para asegurar la transparencia y la competencia leal.
[LG:] Bueno aquí ya vemos que Horacio a patinado un poco ya que la duración máxima de un contrato público estándar es de 5 años, incluidas sus prórrogas. Sigamos.
[LG:] A veces los documentos de una licitación, el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, tienen contradicciones ¿a qué documento se debe hacer caso cuando hay discrepancias entre ellos?
Cuando te encuentras con contradicciones entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) en una licitación pública, estás ante un verdadero rompecabezas. Sin embargo, hay algunas pautas generales que pueden ayudar a resolver esta situación:
Prevalencia del PCAP: Generalmente, en caso de discrepancias entre estos dos documentos, el PCAP tiene prevalencia sobre el PPT. Esto se debe a que el PCAP regula los aspectos jurídicos, económicos y administrativos del contrato, mientras que el PPT se centra en las características técnicas y específicas del objeto del contrato.
Contexto y Naturaleza del Conflicto: A pesar de la regla general, es importante analizar el contexto y la naturaleza de la discrepancia. Si el conflicto está relacionado con aspectos técnicos del contrato, puede ser más adecuado considerar el PPT. Por otro lado, para cuestiones administrativas o contractuales, el PCAP suele ser el documento de referencia.
Consultar a la Entidad Contratante: En situaciones de incertidumbre, lo más recomendable es solicitar una aclaración a la entidad contratante. Esto es crucial para evitar malentendidos o errores en la presentación de ofertas.
Analizar Casos Jurisprudenciales: A veces, la jurisprudencia puede proporcionar orientación sobre cómo se han resuelto situaciones similares en el pasado. Revisar decisiones de los tribunales o de los órganos administrativos de recurso puede ser útil.
Considerar la Racionalidad y el Objeto del Contrato: Al interpretar estas discrepancias, es importante considerar el propósito y la naturaleza del contrato. La interpretación debe ser coherente con el objeto del contrato y los principios generales de la contratación pública.
En resumen, aunque la regla general es dar prevalencia al PCAP, cada caso de discrepancia debe ser analizado individualmente, considerando la naturaleza del conflicto, y en caso de duda, siempre es prudente buscar aclaraciones de la entidad contratante. ¡Recuerda, en el mundo de la contratación pública, preguntar es la clave para no errar!
[LG:] Gracias, Horacio. La última recomendación sí que me parece muy oportuna, efectivamente: preguntar es la clave para no errar.
Vamos con otro asunto. Cumplir los llamados requisitos de solvencia es la única barrera para acceder a un contrato público, aunque a veces parecen pensados para que solo unos pocos puedan acceder al contrato, ¿cómo saber si los requisitos de solvencia técnica son legales, o cuales son los límites para que la administración requiera solvencia técnica?
Luis, tocas un punto crucial en la contratación pública: los requisitos de solvencia técnica y económica. Estos requisitos están diseñados para garantizar que solo los licitadores capaces de cumplir adecuadamente con el contrato puedan participar. Sin embargo, es verdad que a veces pueden parecer restrictivos o excesivos. Aquí te explico cómo saber si son legales y cuáles son los límites:
Proporcionalidad y Pertinencia: La clave está en la proporcionalidad y la pertinencia de los requisitos respecto al objeto del contrato. Los requisitos deben ser adecuados y necesarios para garantizar que el contratista pueda realizar el trabajo. Por ejemplo, no sería proporcional pedir una experiencia previa de 20 años para un contrato de servicios informáticos simples.
Conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP): Los requisitos deben ajustarse a lo establecido en la LCSP. Esta ley establece los criterios que la administración puede exigir para acreditar la solvencia técnica y económica, como la experiencia previa, personal técnico, capacidad financiera, etc.
No Discriminación: Los requisitos no deben ser discriminatorios ni favorecer a ciertos licitadores sobre otros. Deben aplicarse de manera justa y equitativa a todos los posibles candidatos.
Justificación de los Requisitos: La administración debe ser capaz de justificar por qué un determinado requisito de solvencia es necesario para el contrato en cuestión. No pueden establecerse requisitos sin una razón válida relacionada con el objeto del contrato.
Revisión de los Tribunales y Órganos de Recurso: En caso de duda, las decisiones y sentencias de los tribunales y de los órganos administrativos de recursos contractuales pueden ofrecer orientación. Estos órganos revisan las decisiones de la administración y pueden determinar si los requisitos impuestos son legales y proporcionados.
En resumen, para saber si los requisitos de solvencia técnica son legales, debes considerar su proporcionalidad, pertinencia, y conformidad con la LCSP y los principios de no discriminación. Si te encuentras con requisitos que te parecen injustificados o excesivamente restrictivos, es aconsejable buscar asesoramiento legal o incluso considerar la posibilidad de un recurso administrativo. ¡Recuerda, el diablo está en los detalles, así que hay que estar siempre atento!
[LG:] Lo cierto es que la pregunta es genérica y por tanto la respuesta también lo es: genérica, y acertada.
[LG:] En el mismo sentido que la pregunta anterior ¿Cuáles son los límites en los requerimientos de solvencia económica?
Los requerimientos de solvencia económica en la contratación pública, al igual que los de solvencia técnica, están sujetos a ciertos límites y principios para garantizar la igualdad, la transparencia y la no discriminación en el acceso a los contratos públicos. Aquí te explico los límites clave:
Proporcionalidad: Este es el principio más importante. Los requerimientos de solvencia económica deben ser proporcionales al tamaño y al riesgo financiero del contrato. Por ejemplo, no sería proporcional exigir una facturación anual gigantesca para un contrato pequeño.
Conformidad con la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP): La LCSP establece límites y criterios específicos para la solvencia económica y financiera. Por ejemplo, puede requerirse que el volumen anual de negocios del licitador sea un porcentaje del valor estimado del contrato, pero este porcentaje no debe ser desproporcionadamente alto.
No Discriminación: Los criterios no deben favorecer ni perjudicar injustamente a ciertos licitadores. Deben ser justos y aplicables a todos los candidatos que participan en la licitación.
Razonabilidad y Pertinencia: Los requerimientos deben estar relacionados directamente con la naturaleza del contrato. Por ejemplo, para un contrato de servicios informáticos, puede ser razonable solicitar evidencia de estabilidad financiera, pero no sería pertinente exigir una experiencia específica en un sector no relacionado.
Transparencia: Los criterios de solvencia económica deben estar claramente especificados en los pliegos de la licitación. Los licitadores deben tener información clara sobre qué se espera de ellos.
Posibilidad de Recurso: Si un licitador considera que los requerimientos de solvencia económica son injustos o desproporcionados, puede impugnarlos ante los órganos administrativos de recursos contractuales o los tribunales.
En resumen, los límites en los requerimientos de solvencia económica buscan asegurar que estos criterios sean justos, proporcionados y pertinentes al contrato. Están diseñados para permitir la participación de una gama más amplia de empresas, evitando barreras innecesarias o desproporcionadas. ¡Es importante tener estos límites en cuenta para navegar con éxito en el mar de la contratación pública!
[LG:]Aquí patina de nuevo, la Ley de Contratos del Sector Público establece un límite claro.
[LG:] Un caso concreto, en una licitación con un presupuesto base de licitación de 50.000 €, ¿la administración puede pedir que para acreditar la solvencia económica haya que acreditar una facturación de 100.000 €?
En el caso que mencionas, donde una licitación tiene un Presupuesto Base de Licitación (PBL) de 50.000 €, el requisito de acreditar una facturación de 100.000 € para demostrar solvencia económica podría considerarse desproporcionado en muchos contextos. Analicemos por qué:
Principio de Proporcionalidad: Según la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), los requisitos de solvencia deben ser proporcionales al objeto y al tamaño del contrato. Pedir una facturación que duplica el valor del contrato podría no ser proporcional, especialmente si el contrato en cuestión no presenta riesgos financieros significativos.
Acceso a la Contratación Pública: Uno de los objetivos de la LCSP es facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) a la contratación pública. Un requisito de facturación tan elevado en relación con el valor del contrato podría excluir a muchas PYMEs capaces de realizar el trabajo de manera satisfactoria.
Análisis Caso por Caso: Sin embargo, hay que considerar el contexto específico del contrato. Si el contrato implica riesgos financieros significativos o requisitos de inversión iniciales altos, la administración podría justificar la necesidad de un requisito de facturación más alto. Aún así, el doble del valor del contrato suele ser considerado excesivo en la mayoría de los casos.
Posibilidad de Impugnación: Si un licitador considera que este requisito es desproporcionado y restrictivo, tiene derecho a impugnarlo ante los órganos administrativos de recursos contractuales o incluso ante los tribunales.
En conclusión, aunque cada caso debe evaluarse en su contexto, en general, pedir una facturación de 100.000 € para un contrato de 50.000 € podría ser visto como un requisito desproporcionado y posiblemente restrictivo para muchas empresas, especialmente para las PYMEs. Es importante que la administración justifique claramente la necesidad de tales requisitos de solvencia económica para evitar posibles impugnaciones y garantizar un acceso justo y equitativo a las oportunidades de contratación pública.
[LG:] (Bueno, ya está, definitivamente ha patinado pese a plantearle un caso claro. El artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público lo expresa claramente: “El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados…”)
[LG:] El caso es que en algunos contratos los requisitos de solvencia hacen que las empresas de nueva creación no tengan opciones para participar en contratos públicos, es como “la pescadilla que se muerde la cola” si la empresa no tiene experiencia nunca podrá participar en una licitación, si no logra contratos nunca tendrá experiencia, y así… ¿qué puede hacer una empresa en esas circunstancias?
Tienes toda la razón, Luis. El desafío de “la pescadilla que se muerde la cola” para las empresas de nueva creación en la contratación pública es un tema recurrente. Aquí hay algunas estrategias que pueden adoptar estas empresas para superar este obstáculo:
Participar en Contratos Menores: Los contratos menores suelen tener requisitos de solvencia más flexibles y son una excelente manera para que las empresas nuevas comiencen a construir su historial y experiencia. Estos contratos pueden ser un trampolín hacia contratos más grandes en el futuro.
Consorcios o Uniones Temporales de Empresas (UTE): Formar un consorcio o una UTE con otras empresas que ya tengan experiencia puede ser una buena estrategia. Esto permite a las empresas nuevas participar en licitaciones, aportando sus capacidades y recursos, mientras se benefician de la experiencia y solvencia de sus socios.
Subcontratación: Otra opción es actuar como subcontratista de una empresa que ya cumple con los requisitos de solvencia y experiencia. Esto puede proporcionar experiencia relevante y referencias para futuras licitaciones.
Buscar Contratos Específicos para Startups o Innovación: Algunas administraciones públicas emiten licitaciones enfocadas en la innovación o destinadas específicamente a startups y pequeñas empresas. Estos contratos pueden tener requisitos de solvencia adaptados o enfocarse en la capacidad innovadora más que en la experiencia previa.
Aprovechar los Cambios Normativos: La legislación en materia de contratación pública está en constante evolución, y en algunos casos, se están realizando esfuerzos para facilitar el acceso a las empresas de nueva creación. Mantenerse informado sobre estos cambios puede abrir nuevas oportunidades.
Consultar con la Entidad Contratante: En caso de dudas o dificultades, dialogar con la entidad contratante puede proporcionar claridad o incluso abrir la puerta a consideraciones especiales.
Asesoramiento Legal y Especializado: Por último, contar con asesoramiento especializado en contratación pública puede ayudar a identificar oportunidades y a presentar ofertas de manera más efectiva.
Es importante que las empresas nuevas no se desanimen. Construir un historial en la contratación pública lleva tiempo, pero con una estrategia adecuada y aprovechando las oportunidades correctas, es posible abrirse camino en este sector. ¡Paciencia y perseverancia son claves en este juego!
[LG:] (De todas las opciones que da algunas son interesantes, otras no son realistas, y algunas de ellas son ficción. La cuestión es que ha obviado lo que la Ley de Contratos del Sector Público prevé para este caso y que es lo que abre puertas a las empresas de nueva creación. Sigamos.)
[LG:] Se sabe que la ley permite que la solvencia técnica o la solvencia económica pueda ser integrada por medio de un tercero, aunque en general ¿en qué condiciones debe hacerse, cómo se hace para que la administración lo acepte?
La utilización de la solvencia técnica o económica de un tercero es una opción viable en la contratación pública y está contemplada en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Esta opción permite a las empresas, especialmente a las más pequeñas o de nueva creación, cumplir con los requisitos de solvencia para participar en licitaciones. Aquí te explico las condiciones y el proceso para que la administración lo acepte:
Acuerdo Formal con el Tercero: La empresa debe tener un acuerdo con el tercero que aporta su solvencia. Este acuerdo puede ser un contrato, un compromiso firme o cualquier otra forma de acuerdo legal que asegure que el tercero estará disponible y comprometido durante todo el proceso de licitación y ejecución del contrato.
Demostración de Compromiso: La empresa debe demostrar que el tercero se ha comprometido a poner a disposición sus recursos necesarios para la ejecución del contrato. Esto puede incluir recursos financieros, humanos, equipos, conocimiento técnico, etc.
Cumplimiento de Requisitos Específicos: La solvencia que aporta el tercero debe cumplir con los requisitos específicos de la licitación, tanto en términos de capacidad técnica como económica.
Documentación Adecuada: La empresa debe presentar la documentación adecuada en la oferta que acredite la solvencia del tercero y el compromiso de este para con el contrato. Esto puede incluir el acuerdo entre las partes, declaraciones del tercero, y cualquier otro documento relevante.
Limitaciones: Hay que tener en cuenta que no todos los aspectos de la solvencia pueden ser cubiertos por un tercero. Por ejemplo, ciertas capacidades o certificaciones que son críticas para el contrato pueden necesitar ser propias de la empresa licitadora.
Responsabilidad: A pesar de que se utilice la solvencia de un tercero, la empresa licitadora sigue siendo la responsable principal frente a la administración en la ejecución del contrato.
Transparencia y No Discriminación: Todo el proceso debe llevarse a cabo de manera transparente y no discriminatoria, respetando los principios de igualdad y libre competencia.
En resumen, para que la administración acepte la solvencia integrada por medio de un tercero, es crucial tener un acuerdo formal con dicho tercero, presentar la documentación adecuada que demuestre este compromiso y asegurarse de que todos los requisitos específicos de la licitación sean cumplidos. Este mecanismo facilita la participación de una mayor variedad de empresas en la contratación pública, fomentando así la competencia y la innovación.
[LG:] No esta mal, más que una respuesta son una serie de recomendaciones, aunque eso sí, acertadas.
[LG:] Luego está lo de las “bajas temerarias” que en ocasiones no acaba de estar claro, ¿cómo sabe la administración que una oferta es “temeraria”, y qué hace en un caso así?
El tema de las “bajas temerarias” es realmente interesante y, a veces, complicado en la contratación pública. Una oferta se considera “temeraria” o “anormalmente baja” si su precio es significativamente más bajo que el resto de las ofertas y el presupuesto base de licitación, hasta el punto de generar dudas sobre la capacidad del licitador para cumplir el contrato adecuadamente. Aquí te explico cómo la administración identifica y gestiona estas ofertas:
Identificación de Ofertas Temerarias: La administración, al recibir las ofertas, realiza un análisis para identificar aquellas que son anormalmente bajas. Esto suele hacerse comparando las ofertas entre sí y con el presupuesto base de licitación. En muchas ocasiones, se utilizan fórmulas matemáticas o criterios predefinidos para determinar si una oferta se considera temeraria.
Solicitud de Justificación: Cuando se identifica una oferta como potencialmente temeraria, la administración solicita al licitador que proporcione una justificación detallada de su oferta. El licitador debe explicar cómo es capaz de cumplir con los requisitos del contrato a ese precio tan bajo, detallando aspectos como la metodología de trabajo, los costes de mano de obra, los materiales, etc.
Evaluación de la Justificación: La administración evalúa la justificación presentada. El objetivo es determinar si el licitador puede cumplir el contrato sin incurrir en pérdidas o reducir la calidad del trabajo. Se analiza si las explicaciones son plausibles y realistas.
Posibles Acciones:
Aceptar la Oferta: Si la justificación es satisfactoria y la administración está convencida de que el licitador puede cumplir el contrato adecuadamente a ese precio, la oferta puede ser aceptada.
Rechazar la Oferta: Si la justificación no es convincente o si hay dudas sobre la capacidad del licitador para cumplir el contrato, la administración puede rechazar la oferta por considerarla temeraria.
Transparencia y No Discriminación: Todo el proceso debe ser transparente y equitativo. La decisión de aceptar o rechazar una oferta temeraria debe basarse únicamente en criterios objetivos y en la capacidad del licitador para cumplir el contrato.
En resumen, la administración identifica una oferta como temeraria cuando su precio es sospechosamente bajo y solicita justificación al licitador. La decisión de aceptar o rechazar la oferta se basa en la evaluación de esta justificación, buscando siempre asegurar la calidad y la viabilidad del contrato. Este proceso ayuda a mantener la integridad y la equidad en el proceso de licitación, evitando riesgos de incumplimiento o baja calidad en la ejecución de los contratos públicos.
[LG:] Pasemos a la fase de ejecución del contrato. Cuando se está cumpliendo un contrato público, ¿quién representa a la administración, quién es el interlocutor?
Durante la ejecución de un contrato público, el interlocutor principal y representante de la administración es habitualmente el “Órgano de Contratación” o una figura específica designada por este órgano, conocida como el “Director del Contrato” o “Supervisor del Contrato”. Aquí te detallo sus roles:
Órgano de Contratación: Este es el ente o departamento dentro de la administración que tiene la autoridad para contratar y que ha sido responsable de llevar a cabo el proceso de licitación. Aunque el órgano de contratación es la autoridad máxima en relación con el contrato, en la práctica, la supervisión diaria y la interacción con el contratista suelen delegarse en una figura más específica.
Director del Contrato o Supervisor del Contrato: Esta persona es designada por el órgano de contratación para supervisar la ejecución del contrato. Sus responsabilidades incluyen:
Asegurar que el contratista cumpla con todas las obligaciones del contrato.
Actuar como punto de contacto principal para el contratista en todas las cuestiones relacionadas con la ejecución del contrato.
Tomar decisiones relacionadas con la interpretación del contrato y resolver problemas que puedan surgir durante su ejecución.
Autorizar modificaciones en el contrato, dentro de los límites establecidos por la ley.
Otras Figuras Relevantes: Dependiendo del tipo y tamaño del contrato, pueden existir otras figuras involucradas en la supervisión y gestión del contrato, como técnicos especializados, un comité de seguimiento, entre otros.
Comunicación y Coordinación: Es esencial mantener una comunicación fluida y efectiva con el director del contrato o supervisor. Esta figura es clave para resolver dudas, gestionar incidencias y asegurar una ejecución exitosa del contrato.
En resumen, el interlocutor principal durante la ejecución de un contrato público es el director o supervisor del contrato, designado por el órgano de contratación. Esta figura actúa como enlace entre el contratista y la administración, asegurando que el contrato se ejecute de acuerdo a lo pactado y solucionando cualquier problema que pueda surgir.
[LG:] Bueno, algunas partes de la respuesta son correcta, otras no, y otras a medias. Vamos acabando.
[LG:] Al hilo de la pregunta anterior, ¿debo obedecer o transigir con todas las peticiones que me haga la administración?
En la ejecución de un contrato público, es fundamental mantener un equilibrio entre cumplir con los requerimientos del contrato y proteger tus derechos como contratista. Aquí te ofrezco una guía sobre cómo manejar las peticiones de la administración:
Cumplimiento del Contrato: Tu principal obligación es cumplir con los términos y condiciones establecidos en el contrato. Las peticiones de la administración que están dentro del alcance del contrato y de lo acordado en los pliegos deben ser atendidas.
Peticiones Razonables y Legales: Debes cumplir con las peticiones que sean razonables y legales. Si una petición de la administración se ajusta a los términos del contrato y a la normativa aplicable, generalmente debes acatarla.
Peticiones Fuera del Alcance del Contrato: Si la administración realiza peticiones que van más allá de lo acordado en el contrato o que podrían implicar cambios sustanciales, tienes derecho a discutir y, si es necesario, negociar estas peticiones. No estás obligado automáticamente a cumplir con peticiones que alteren los términos del contrato original.
Documentación y Registro: Es crucial documentar todas las comunicaciones y peticiones. En caso de desacuerdos o disputas, esta documentación será esencial. Si accedes a realizar cambios o acomodos, es recomendable tenerlos por escrito y formalmente aprobados.
Consulta Legal: En situaciones donde no estés seguro de si debes o no cumplir con una petición, o si consideras que una petición es injusta o ilegal, es aconsejable buscar asesoramiento legal. Un abogado especializado en contratación pública te puede orientar sobre la mejor manera de proceder.
Negociación y Comunicación: Mantén una comunicación abierta y constructiva con el supervisor del contrato. Si crees que una petición no es adecuada, discútelo de manera profesional y proactiva, buscando siempre una solución que sea aceptable para ambas partes.
En resumen, como contratista, debes cumplir con las peticiones de la administración que estén en línea con el contrato y la ley. Sin embargo, no estás obligado a acatar peticiones que alteren significativamente los términos del contrato o que sean razonablemente discutibles. La comunicación, la documentación y el asesoramiento legal son tus mejores herramientas en estas situaciones.
[LG:] (En general está bien contestado.)
[LG:] Por último ¿algunas recomendaciones o cuestiones que deba cuidar o conocer para poder vender a la administración?
Vender a la administración pública puede ser una gran oportunidad para las empresas, pero también implica una serie de consideraciones especiales. Aquí te brindo algunas recomendaciones clave:
Conocer la Legislación y Normativa: Familiarízate con la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) y otras normativas relevantes. Entender los procedimientos, requisitos legales y aspectos éticos es crucial.
Preparar Documentación y Cumplir Requisitos: Asegúrate de tener toda la documentación necesaria, como registros fiscales, seguros, acreditaciones de solvencia, etc. Cumplir con todos los requisitos administrativos es esencial para evitar ser descalificado.
Estudiar los Pliegos de Condiciones: Analiza detenidamente los pliegos de condiciones de cada licitación. Comprende los requerimientos técnicos y administrativos, los criterios de adjudicación y las cláusulas específicas.
Capacidad de Cumplimiento: Asegúrate de que puedes cumplir con los términos del contrato, incluyendo plazos, especificaciones técnicas y capacidad de entrega.
Oferta Competitiva y Realista: Tu oferta debe ser competitiva en precio y calidad, pero también realista respecto a tus capacidades y costos. Evita presentar ofertas temerarias que no puedas cumplir.
Transparencia y Ética: Mantén un alto nivel de ética y transparencia en todas tus interacciones. La contratación pública es un área especialmente sensible a la corrupción y la mala conducta.
Seguimiento de Licitaciones y Oportunidades: Utiliza plataformas de contratación pública y otros recursos para estar al tanto de las oportunidades de licitación.
Asesoramiento Especializado: Considera la posibilidad de obtener asesoramiento legal o de consultoría especializada en contratación pública para ayudarte a navegar el proceso.
Relaciones y Redes: Construir relaciones en la industria y participar en redes empresariales puede ser útil para obtener información y oportunidades.
Estar Preparado para Impugnar: Si crees que una licitación no se ha llevado a cabo de manera justa o transparente, debes estar preparado para presentar un recurso administrativo.
Innovación y Valor Añadido: Diferénciate ofreciendo soluciones innovadoras o valor añadido en tus propuestas.
Paciencia y Persistencia: La contratación pública puede ser un proceso largo y competitivo. Mantén la paciencia y persiste, aprendiendo de cada experiencia.
Recuerda que vender a la administración es un compromiso a largo plazo que requiere preparación, adaptabilidad y un enfoque en la calidad y la confiabilidad. ¡Mucho éxito en tus emprendimientos en este sector!
[LG:] Gracias Horacio, ha sido una conversación muy interesante e instructiva, si quieres puedes despedirte o decirle alguna cosa más a nuestros oyentes.
Ha sido un verdadero placer conversar contigo, Luis, y espero que nuestra charla haya sido tan enriquecedora para los oyentes como lo ha sido para mí. Recuerden, el mundo de la contratación pública es complejo, pero con el conocimiento adecuado y una buena estrategia, las oportunidades son enormes. No teman hacer preguntas, buscar asesoramiento y, sobre todo, persistir. Cada licitación es una oportunidad de aprender y mejorar.
Y recuerden, aunque yo sea una inteligencia artificial, mi propósito es ayudarlos a navegar en estas aguas a veces turbulentas de la contratación pública con un poco de humor y mucha información. ¡Hasta la próxima y mucha suerte en sus emprendimientos! ¡Adiós!
Este texto es una transcripción del episodio nº 195 del podcast ‘Contratación Pública’ que se puede escuchar en Spotify, iVoox, Apple Podcast y en cualquier reproductor de podcast.
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