26. Vocabulario: Solvencia Técnica, Clasificación.

Transcripción:

Resumen – 1 minuto de lectura.

La Ley de Contratos del Sector Público prevé entre 6 y 8 formas distintas y complementarias entre sí para acreditar disponer de solvencia técnica.

Aunque la forma más común que escogen los órganos de contratación, para que las empresas y los profesionales acreditemos nuestra solvencia técnica, es la experiencia en haber realizado trabajos de iguales o similares características a los que se estén contratando.

La clasificación como contratista del estado sólo es obligatoria para contratar obras de más de 500.000€. Aunque, cualquier empresa o profesional puede tramitar su expediente de clasificación, que una vez sea resuelto o concluido otorgará una clasificación que permitirá acreditar la solvencia económica y la solvencia técnica, para contratos de una o varias especialidades, por un importe determinado.

Hasta aquí el resumen.

Hablamos en el programa anterior de tener plena capacidad de obrar, y de la solvencia económica.

Hoy hablaremos de la solvencia técnica, y de la clasificación, que viene a ser una suma de la solvencia económica y la solvencia técnica.

En primer lugar, hablemos de la solvencia técnica.

Recordemos que decíamos que la solvencia económica se acreditaba, con la facturación, o Volumen anual de negocios, también que viene a medir tu capacidad para hacer frente a penalizaciones por incumplir el contrato, o cumplirlo defectuosamente, y que ese volumen anual de negocios, da una idea de tu capacidad financiera para asumir los compromisos que la ejecución del contrato, necesariamente conlleva.

Bueno pues, podríamos decir que, comúnmente, en la mayoría de los casos, Solvencia técnica equivale a disponer de experiencia.

Experiencia en haber realizado trabajos o suministros que sean iguales, o similares a los que se están contratando.

Si vas a contratar a alguien para que instale un aparato de aire acondicionado en tu casa, aunque no le vas a pedir que acredite su experiencia con un documento, sí que querrás que tenga algo de experiencia, o por lo menos que sea un profesional con los conocimientos necesarios para hacer el montaje. En fin, que todo sea normal y el trabajo sea realizado por un profesional que sepa lo que tiene que hacer.

Esto es igual cuando se gastan dineros públicos…, la administración está obligada a contratar a empresas o a profesionales, capaces, que sepan hacer su trabajo, que tengan una solvencia técnica demostrable.

Por eso es necesario acreditar la solvencia técnica.

Y es que la Ley de Contratos del Sector Público prevé entre 6 y 8 formas distintas y complementarias entre sí para acreditar disponer de solvencia técnica.

Es decir, que si no tienes experiencia hay otras formas de que puedas acreditar la solvencia.

Para entender, saber exprimir las solvencias, y conocer todas las posibilidades que tienes para acreditarlas lleva su tiempo.

Aunque, básicamente, lo más común, lo más frecuente, es que la forma de acreditar la solvencia técnica sea en base a tu experiencia, a tu experiencia demostrable.

Por cierto, al igual que con la solvencia económica, la forma de acreditar la solvencia técnica que se exige en una licitación la establece el órgano de contratación en la primera fase de tramitación de cada expediente de contratación.

Es decir, que para cada contrato hay un requisito de solvencia técnica específico. Lo normal es que los criterios de solvencia estén relacionados con lo que se contrata, y que sean proporcionales al contrato en cuestión.

El segundo término o concepto de hoy: clasificación como contratista.

Vamos a definirlo para tener una idea y desarrollaremos el concepto con más detalle, en otro programa.

La clasificación como contratista son unas reglas, un sistema, que sirve para clasificar a las empresas y profesionales otorgándoles una calificación que servirá para acreditar su solvencia económica y técnica.

Las empresas, o los profesionales, nos podemos someter voluntariamente a ese proceso o sistema de clasificación, ya que la clasificación como contratista del estado es única y exclusivamente obligatoria para contratar obras de más de 500.000€.

Para el resto de casos no es obligatoria.

Aunque, efectivamente, puedes clasificarte para hacer obras, o para prestar servicios. O para ambas cosas…

¿Y en qué consiste pasar por ese proceso o sistema de clasificación?

Básicamente lo que se hace es acreditar que somos solventes económicamente, y también técnicamente, profesionalmente.

Y en función de la información que aportemos, de nuestra historia o antecedentes de tipo económico y técnico o profesional, se nos otorgará una clasificación que nos permitirá acreditar nuestra solvencia económica y técnica, para contratos de una o varias especialidades, por un importe determinado.

Por ejemplo, una empresa de jardinería, puede gestionar, tramitar, la obtención de su clasificación empresarial.

Y en función de su experiencia, sus medios humanos, los medios materiales de los que disponga, y por supuesto, de sus estados contables, obtendrá una clasificación, que, por ejemplo, le permita optar a hacer trabajos de jardinería y plantaciones de hasta 360.000€,

Una vez obtenida esta clasificación, la empresa Jardinería Ejemplar SL, podrá acreditar su solvencia económica y técnica, en todos los contratos de esa especialidad, jardinería y plantaciones, que tengan un importe igual o inferior a esos 360.000 €.

Es decir, que a partir de ahora Jardinería Ejemplar SL, no tendrá necesidad de demostrar su solvencia económica a través de la facturación, ni su solvencia técnica, a través de su experiencia en trabajos iguales o similares.

Ya que al haber pasado por el proceso de clasificación, la solvencia económica y técnica habrá sido comprobada y como resultado habrá obtenido una clasificación que le permitirá eso: acreditar sus solvencia para llevar a cabo trabajos de jardinería y plantaciones de hasta 360.000€.

Por cierto, la clasificación como contratista del Estado se tramita, y es otorgada por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, que es un órgano que depende del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Podemos concluir que la clasificación como contratista es un proceso al que las empresas o profesionales se someten voluntariamente, y que da como resultado una calificación, o clasificación, que permite acreditar la solvencia económica y técnica para contratos de una o varias especialidades, por un importe determinado.

 

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